Traslado de varias piezas artísticas de Cataluña al monasterio de Sijena / EFE

Traslado de varias piezas artísticas de Cataluña al monasterio de Sijena / EFE

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El Supremo zanja el 'caso Sijena' tras una década y avala la devolución de las pinturas a Aragón

El Tribunal ha confirmado la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Huesca para devolver los 44 bienes al Monasterio de Villanueva de Sijena

Más contenido: El juicio por el 'caso Sijena' se celebra sin el 'exconseller' Lluís Puig y con el silencio de Santi Vila

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El Tribunal Supremo confirma la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Huesca que condenó al Museo Nacional de Arte de Cataluña (MNAC) a restituir las pinturas murales románicas que habían sido extraídas de la sala capitular del Monasterio de Villanueva de Sijena

La sentencia afirma que el MNAC nunca ha poseído las pinturas murales, como se pone de manifiesto en la instancia y en la propia web de la institución. En ella, se recoge que la forma de ingreso en el museo fue tras ser arrancadas en 1936 y mediante el depósito de la comunidad de religiosas sanjuanistas del monasterio de Santa María de Sigena en 1940.

Sin título de propiedad

En todo caso, el título que legitimaría al MNAC a poseer las pinturas, se trata de un documento-contrato que no se ha acreditado y, quien figura en él, es la priora del Monasterio de Valldoreix, que no representaba al Monasterio de Sijena. Por tanto, sin título de propiedad, la petición de devolución de la comunidad religiosa no ha prescrito. 

Así, el Supremo confirma el derecho del Ayuntamiento de Sijena a personarse en esta causa, así como la legitimación del Gobierno de Aragón para ejercitar la acción reivindicatoria como cesionaria de los derechos por la titular de las pinturas, que es la comunidad religiosa constituida sobre el Monasterio de Sijena.

Exterior del Real Monasterio de Santa María de Sijena.

Exterior del Real Monasterio de Santa María de Sijena. Javier Broto/Europa Press Sijena

Una década de litigios

El caso se retrotrae al año 2014 cuando la Comunidad Autónoma de Aragón demandó al MNAC y a la Administración General del Estado con el objetivo de que devolviera los frescos, personándose el Ayuntamiento de Villanueva en la causa como parte interesada.

Posteriormente, en 2016, la magistrada del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Huesca ordenó la entrega a los propietarios originales, una cuestión que la portavoz de la Generalitat en aquel entonces, Neus Munté, calificó de "despropósito".

En aquella instancia, la Generalitat se opuso a tal medida y se personó en la causa como interviniente. El Govern avisó que agotaría todas las vías legales para que se mantuvieran los murales en el centro museístico, dada la delicada situación de las pinturas, argumentaban, y el riesgo que correrían durante el traslado. 

Retorno de los bienes

En diciembre de 2017, y a pesar de las sentencias en contra, la Guardia Civil intervino para llevar a cabo el traslado de las obras hacia el Museo de Lleida, habiendo por fin recuperado el Gobierno de Aragón las pinturas. En mitad de este embrollo, los exconsellers de Cultura de la Generalitat, Santi Vila y Lluís Puig, fueron enjuiciados por obstruir la devolución de los 44 bienes.

Ante la fricción entre las administraciones, la Audiencia de Huesca confirmó en una sentencia del 2020 que la Generalitat debía devolver las pinturas a Huesca. En la sentencia, se rechazaban todos los argumentos interpuestos por la autoridad catalana y corroboró que las pinturas no poseían ningún título de propiedad, además de que se encontraban en un estado "precario". 

Un caso que, después de una década, ha sido resuelto por el Supremo, que avala la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Huesca. 

Condena a los 'consellers' por desobediencia 

En febrero de este año, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) celebró el primer juicio por la demora en la entrega de las obras de Sijena a Aragón. Fue sonora la ausencia del exconseller Puig, que permanece en Bélgica, y el silencio de su homólogo, Santi Vila, que se acogía a su derecho de no declarar y cuyo juicio se celebrará en junio.

En lo relativo a Puig, la Fiscalía pedía una pena de dos años de inhabilitación y una multa de 5.940 euros por un delito de desobediencia. Junto al Ayuntamiento de Villanueva de Sijena, que ejerce la acusación particular, argumentaron que se incumplió la orden del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Huesca y no tomaron medidas para garantizar el traslado de las obras.