Fachada del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC)

Fachada del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) EUROPA PRESS

Vida

El alto tribunal catalán concluye que un padre puede frenar la eutanasia de un hijo

El TSJC acuerda que sea un juzgado de lo contencioso-administrativo quien decida sobre la muerte asistida de un hombre de 54 años; proceso que fue paralizado por su padre

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El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha acordado llevar a juicio la eutanasia de un hombre de 54 años cuyo padre logró paralizar con un recurso. El alto tribunal catalán concluye que los progenitores están legitimados a intentar frenar la muerte asistida de un hijo, aunque no tengan buena relación.

En un auto, adelantado por Cadena SER, el TSJC ha estimado los recursos presentados por la Fiscalía y por el padre del hombre contra la decisión de una jueza de avalar su eutanasia y ha acordado que su petición de muerte digna se dirima en un juicio. Concretamente, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo número 5 de Barcelona.

Se trata del segundo caso que llega a pleito, después de que el padre de una joven catalana de 24 años también emprendiera acciones legales para frenar la eutanasia de su hija

Sienta un precedente

En este nuevo caso, el hombre, de 54 años, solicitó la eutanasia alegando el sufrimiento que le causan las importantes secuelas que arrastra en el movimiento y en el habla tras haber sufrido tres ictus y dos infartos.

Sin embargo, su padre logró paralizarla a través de un recurso ante el TSJC. La decisión del alto tribunal catalán no afecta al fondo del asunto, que se dirimirá en el juicio, pero sienta un precedente a la hora de determinar si los padres están legitimados a oponerse a un proceso de eutanasia autorizado por la Comisión de Garantías de la Generalitat.

Sede de la Audiencia de Barcelona y el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC)

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Una preocupación legítima 

En este sentido, el TSJC concluye en su resolución que el "interés legítimo" de un padre en la vida de su hijo no se puede medir "con el número de horas que pasan juntos" o por la "mera existencia o no de convivencia" o la "percepción subjetiva de uno de ellos -en particular del hijo-, de que su relación es más o menos buena".

"Incluso en situaciones de desencuentro o conflictos familiares prolongados podría permanecer la esencia de la preocupación paternofilial" que justificaría su legitimación para lograr que "su hijo se encuentre en las mejores condiciones posibles" y que su "bienestar esté garantizado", apunta la sala.

Por este motivo, el TSJC considera que la resolución de la jueza que avaló la eutanasia y descartó que el padre pudiera intervenir en el proceso es "prematura".

Revisar una decisión irreversible 

Según la sala, no es "baladí" que el padre pueda tener interés en comprobar si durante el procedimiento de eutanasia la administración ha valorado correctamente la capacidad, entendimiento y voluntad libre y consciente de su hijo para decidir sobre la muerte asistida.

En cualquier caso, el TSJC insiste en aclarar que el hecho de que considere que los padres están legitimados para recurrir no supone que su posición contraria a la eutanasia vaya a ser estimada, sino que "únicamente" se les reconoce la posibilidad de promover "que se controle" judicialmente si la administración "ha decidido conforme a derecho".


Para el TSJC, los "mayores riesgos" en este debate se encontrarían en la "situación opuesta", si no se reconociera la legitimidad de los padres, ya que se generaría una "imposibilidad" de revisar las decisiones administrativas "en casos en los que las facultades de libre y consciente decisión" de quienes piden la eutanasia "pudieran encontrarse o afectadas".

Y todo ello, resalta, teniendo en cuenta las "irreversibles consecuencias" de la ejecución de la muerte asistida.

En paralelo al caso de Noelia

El caso de este hombre de 54 años ha discurrido en los juzgados catalanes en paralelo al de Noelia, la joven de 24 años afectada por una paraplejia cuyo padre logró paralizar in extremis en agosto pasado su muerte asistida.

No obstante, finalmente la titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 12 de Barcelona dio luz verde para autorizar la eutanasia de la chica, concluyendo que el padre no tenía legitimación para intervenir al considerar que es un derecho limitado a los casos de menores o discapacitados. 

El abogado de la Fundación Abogados Cristianos, que representa al padre de la solicitante de la eutanasia

El abogado de la Fundación Abogados Cristianos, que representa al padre de la solicitante de la eutanasia EUROPA PRESS

Una resolución que el progenitor, bajo el respaldo de la Fundación Abogados Cristianos, ya ha recurrido ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), el mismo organismo que ahora ha reconocido el "interés legítimo" de un padre para frenar la muerte asistida de un hijo.